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lunes, 30 de junio de 2014

BAF Deudores

La defensa a deudores si es posible con la asistencia legal de nuestro Estudio, existen muchas posibilidades e instancias judiciales que permiten una adecuada defensa del patrimonio que, muchas veces injustamente se ve afectado.
Todo comienza con la notificación de la demanda ejecutiva, desde que es notificada y requerido de pago, hay cuatro días para oponer las excepciones y defenderse del cobro ejecutivo. Las excepciones son muy importantes ya que incluso con la sola presentación de ellas, puede terminarse el juicio y tener un resultado favorable.Las excepciones para ser opuestas, deben hacerse dentro del plazo fatal estipulado por la ley, tal como mencionamos cuatro días, hay que entender las excepciones como la defensa del deudor.
Ahora, si no fue notificado en la forma que estipula la ley y no tomó conocimiento oportuna de la demanda, puede presentarse un incidente de nulidad procesal que declare la nulidad de todo lo obrado, pudiendo nuevamente presentar las excepciones dentro de este plazo fatal.

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